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Código de Ética vuelve a revisión en Corte Plena

  
 

 

 

Una comisión de magistrados de la CSJ presentará en marzo la versión final del Código de Ética.

Una comisión de magistrados de la CSJ presentará el primero de marzo la versión definitiva del Código de Ética. La Corte Suprema de Justicia decidió crear una comisión especial de magistrados y magistradas con el objeto de revisar y corregir el proyecto de Código de Ética que este martes primero de febrero fue sometido para su aprobación al pleno del máximo tribunal. 

La comisión deberá presentar la versión corregida del proyecto el próximo primero de marzo y está integrada por los magistrados Edgard Navas Navas, Manuel Martínez Sevilla y Marvin Aguilar García, y las magistradas Yadira Centeno González y Ligia Molina Argüello, ésta última coordinadora de la comisión técnica redactora del código.

Empezó a elaborarse hace nueve años

Luego de una reunión sostenida entre la Corte en pleno y el alto mando de la Policía Nacional, los magistrados procedieron a conocer mediante una exposición oral, detalles del Código de Ética para Funcionarios Públicos del Poder Judicial, cuya elaboración inició hace ya nueve años.

El Código de Ética para Funcionarios del Poder Judicial tiene como objetivo fundamental regular las normas de conducta de los servidores públicos de ese poder del Estado, garantizando el compromiso moral de los principales actores de la administración de justicia.

La magistrada Ligia Molina Arguello, quien preside la comisión técnica redactora del código, define el documento como “un texto que por su origen y característica participativa, tiene el mérito de ser un instrumento auto regulatorio de la conducta y el hecho de dictarse a sí mismos un código de ética, asegura su autenticidad y los compromete moralmente a su cumplimiento”.

La doctora Molina informó que el código “está estructurado y validado a lo largo de 22 talleres de trabajo colectivo, ha sido producto del esfuerzo conjunto de los propios servidores públicos del Poder Judicial, por darse a sí mismos un código ético que les permita orientar y valorar su desempeño”.

Todavía tiene incongruencias

Sin embargo, los magistrados y magistradas del supremo tribunal manifestaron lo que consideran son incongruencias del proyecto, que entrarían incluso en contradicción con las leyes que regulan la actividad jurisdiccional, como la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Ley de Carrera Judicial y la Ley de Servicio Civil y Carrera Administrativa.

Por ejemplo, el artículo 69 del proyecto que establece que “Toda persona natural o jurídica que se considere directamente agraviada, podrá denunciar a cualquier servidor público del Poder Judicial, por violación de las normas éticas previstas en este Código. Las personas jurídicas sólo podrán promover la denuncia por medio de un abogado con poder especial”.

Según el magistrado Marvin Aguilar García, dicho artículo se presta para promover denuncias constantes en contra de los impartidores de justicia. “Vamos a someter a los judiciales a varios procesos, de ética, disciplinario y quizá hasta penal y nosotros no regalamos nada aquí, impartimos justicia, van a abundar las denuncias, por ello debemos ser claros en diferenciar lo que es ético y moral.”

Otro aspecto cuestionado son las sanciones disciplinarias que establece el código, específicamente el artículo 78 que señala que “cuando se haya declarado que ha habido responsabilidad ética por parte del denunciado, se declarará con lugar la denuncia promovida y, en consecuencia, se ordenará agregar el dictamen al expediente personal del funcionario, el que servirá de antecedente para la aplicación de medidas contempladas en la Ley de Carrera Judicial, sin que esto implique abrir otro proceso”.

La presidenta de la CSJ magistrada Alba Luz Ramos Vanegas, afirmó que el proyecto, tal como está planteado en el borrador, crea una confusa relación entre “Código de Ética y procesos disciplinarios ya establecidos en la Ley de Servicio Civil y Carrera Administrativa y la Ley Orgánica del Poder Judicial, sanciones que un código de ética no debe establecerlas”.

Por su parte, la magistrada Yadira Centeno González afirmó que no puede establecerse dentro de un Código de ética la sanción administrativa contenida en el artículo 78, según la cual “La existencia de tres dictámenes de la Comisión de Ética en contra de un funcionario o un servidor público en el período de un año, dará lugar al proceso disciplinario administrativo por falta grave y la consecuente aplicación de las medidas administrativas correspondientes”.

El próximo primero de marzo, los magistrados y magistradas integrantes de la comisión, presentarán al pleno de la Corte para su final aprobación, las correcciones y aportes realizados durante esta sesión de Corte Plena.

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