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CIJ ratifica a nicas y ticos que no deben acercarse a área en litigio

La trocha que hizo Costa Rica junto al río San Juan, provocó una denuncia de Nicaragua.

* Corte de La Haya rechazó petición de ambos países que quieren enviar personal a zona fronteriza en disputa, y los conminó a «abstenerse de todo acto que pudiera agravar o extender sus discrepancias»

La Corte Internacional de Justicia (CIJ) informó este miércoles que ha decidido rechazar sendas solicitudes de Costa Rica y Nicaragua para modificar su decisión de marzo de 2011 que les impidió enviar personal al fronterizo río San Juan, en un área que se disputan estos dos países centroamericanos.

La CJI, con sede en La Haya, declaró en un comunicado que, tras examinar las demandas de las partes, ha concluido que «las circunstancias, tal y como se le han presentado actualmente, no son de una naturaleza tal como para exigirle ejercer su poder de modificar las medidas indicadas en el mandato del 8 de marzo de 2011».

En esa fecha, el tribunal dictó unas medidas cautelares según las cuales ordenó a los dos países no enviar ni estacionar personal en la zona en disputa.
La CIJ tramita en un solo caso una demanda de Costa Rica contra Nicaragua por invasión de territorio y daños ambientales en una zona que ambos reclaman como propia, y otra en la que Managua acusa a San José de causar daños ambientales al nicaragüense río San Juan.

La corte «reafirmó» este jueves por unanimidad las medidas indicadas en su mandato de 2011, en particular la orden a las partes de «abstenerse de todo acto que pudiera agravar o extender sus discrepancias».

En su petición remitida al tribunal internacional, Costa Rica había expresado en primer lugar su disconformidad por el envío y mantenimiento por parte de Nicaragua de un gran número de personas en el territorio en litigio, y en segundo lugar, por las actividades llevadas a cabo por estas personas en detrimento del ecosistema.

Por su parte, Nicaragua había señalado que se había producido un cambio en la situación de facto y jurídica de la cuestión debido, principalmente, a la construcción por parte de Costa Rica de una carretera de 160 kilómetros en la orilla derecha a lo largo del río San Juan, según explicó el tribunal.

En consecuencia, solicitaba a la corte modificar su mandato de marzo de 2011 para que las dos partes, no sólo Costa Rica, pudieran enviar al territorio objeto del litigio a agentes civiles encargados de la protección del medio ambiente.

Tras examinar las peticiones de ambas partes, la CIJ decidió que no podía tomarlas en cuenta y apuntó que la «presencia de grupos organizados de ciudadanos nicaragüenses» en dicho territorio comporta «un riesgo de incidentes susceptibles de agravar la presente disputa».

Con su decisión de marzo de 2011, la corte concedió en parte la solicitud de Costa Rica de que se prohibiese solamente a Nicaragua el estacionamiento de militares en esa zona, que está situada cerca de la desembocadura del río San Juan.

Costa Rica había denunciado a Managua ante la CIJ por una presunta «incursión» en el territorio costarricense de la armada nicaragüense y, junto con la demanda había solicitado esas medidas provisionales.

Managua, por su lado, sostenía que realiza un dragado en territorio de su soberanía basándose en el Tratado Jerez-Caña, los Laudos Cleveland y Alexander, así como en el fallo de la corte de La Haya del 13 de julio de 2009, y alegando que sus militares están realizando labores de combate al narcotráfico.

En julio de 2009, la CIJ reconoció la soberanía de Nicaragua sobre el río San Juan, pero también los derechos perpetuos de navegación de Costa Rica en un trecho de 140 kilómetros con algunas limitaciones definidas por las autoridades nicaragüenses.

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