Rss Feed Tweeter button Facebook button Youtube button
|

Integración centroamericana requiere cielos abiertos

* Los países centroamericanos deben concederse entre sí de la primera a la séptima libertad del aire, sin restricciones de frecuencias y con designaciones múltiples.

El estudio de las condiciones de competencia del transporte aéreo de pasajeros en El Salvador, elaborado por la Superintendencia de Competencia de ese país, contiene definiciones apropiadas para la optimización del transporte aéreo no solamente para El Salvador, sino también para toda Centroamérica.

En el estudio contratado con la firma ADHOC se presentó la disparidad de los regímenes de concesión de libertades en los países de Centroamérica. Por otra parte, el acuerdo multilateral suscrito por El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua no trata sobre temas importantes en términos de apertura de los servicios de transporte aéreo y no incluye a todos los países de la región. Por estas razones, este Consejo ha considerado que es necesario realizar una propuesta en el sentido de promover una normativa de carácter regional que trate sobre los temas que comúnmente son normados en un acuerdo sobre servicios aéreos (ASA): libertades del aire, capacidad, designaciones de aerolíneas, etc.

Un mercado común centroamericano en materia de transporte aéreo de pasajeros debe tener dos componentes: un acuerdo de cielos abiertos entre los países de la región y la negociación de acuerdos entre estos y terceros países.

El primer componente se trata de un acuerdo en que los países centroamericanos se conceden entre sí al menos de la primera a la séptima libertad del aire, sin restricciones de frecuencias y con designaciones múltiples. Asimismo es pertinente que se contemple un esquema en que no sea necesario que la propiedad de la aerolínea designada sea de un Estado Parte o de sus nacionales (más bien seguir el criterio del lugar principal de las oficinas del negocio) y que el establecimiento de tarifas sea libre.

El segundo componente se refiere a que los países centroamericanos negocien en conjunto con terceros países acuerdos de cielos abiertos. Es decir, que la concesión de libertades y otros derechos a aerolíneas fuera de la región sea uniforme.

Estos dos componentes reducirían los obstáculos normativos que tendrían agentes económicos para ingresar a prestar servicios en rutas regionales.

El primer componente ocasionaría que, independientemente del país de Centroamérica en que esté establecido, un agente económico tendrá los derechos necesarios para operar cualquier ruta regional en cualquier modalidad (escala o directa).

El segundo componente implica que el mercado centroamericano se abriría a las operaciones de una aerolínea designada por un país con quien se pudiera concluir un acuerdo de cielos abiertos. Actualmente, si un agente económico, por ejemplo, de Estados Unidos, quisiera operar con quintas libertades una ruta entre El Salvador y Costa Rica, debe contar necesariamente con el otorgamiento de dicha libertad por parte de ambos países. En otras palabras, no podría operar la ruta si uno de los dos Estados no le ha concedido la libertad necesaria.

Es necesario en este punto hacer énfasis en que las medidas de este tipo tienen la finalidad de eliminar el primero de los obstáculos que una aerolínea enfrenta para ingresar al mercado: contar con el derecho de prestar el servicio. La promoción de una mayor competencia dependerá de medidas complementarias a esto. En este sentido, uno de los aspectos a tener en cuenta es el modelo de negocios preponderante en la industria: la organización de la red de rutas bajo el sistema de Hub andSpoke. Es poco probable que una línea aérea extranjera opere rutas entre países centroamericanos (directas o con conexión en uno de ellos), aún gozando de las libertades para hacerlo, si no tiene la posibilidad de contar con un Hub en uno de los países de la región a través del cual pueda prestar el servicio.

En el caso de los consumidores salvadoreños, estos se podrían ver beneficiados en mayor medida si una nueva aerolínea distinta de AviancaTaca puede establecer un Hub adicional en El Salvador y no en otro país de la región, ya que esto implicaría una mayor oferta de vuelos directos que competirían con los que actualmente ofrece AviancaTaca. Si un nuevo operador centroamericano estableciera su Hub en otro país de la región, la nueva disponibilidad de vuelos indirectos para los consumidores salvadoreños igualmente incrementaría sus opciones para viajar pero su ganancia de bienestar no es el mismo puesto que, como ya ha sido definido, este tipo servicio no es un sustituto cercano de los vuelos directos.»

Fuente: CentralAmericaData.COM y Superintendencia de Competencia (El Salvador)

Archives

Recently Commented