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¿Por qué no funciona la Ley 747 de protección animal?

Dr. Enrique Rimbaud.

Dr. Enrique Rimbaud.

Dr. Enrique Rimbaud

A seis años de su aprobación por parte de la Asamblea Nacional, la gente en general y los animalistas en particular, sienten angustia, desazón, escepticismo y desconfianza por una ley a la que no han visto actuar y cumplir como es demanda.

¿Por qué? ¿Qué es lo que pasa? ¿Cuál es el problema?

¡Pasa que toda ley, para su ejecución y funcionamiento precisa de una reglamentación, la reglamentación es la que otorga los roles, funciones y demás a los diferentes actores, y la que implementa las penas de prisión, multa o trabajo social para los que incurren en los diferentes delitos que la ley enuncia! ¡Sin reglamentación no se puede implementar una ley!

¿Quién o quiénes debían haber redactado la reglamentación?

Esta ley, aprobada por la Asamblea Nacional en diciembre de 2010, recibió un veto parcial del Poder Ejecutivo en febrero de 2011, volviéndose a aprobar con sus modificaciones por la Asamblea ese mismo mes, y terminó publicándose en La Gaceta en junio de 2011.

A partir de ahí, el MAGFOR, adjudicado por la ley como potestatario de la misma, tenía 6 meses para presentar a la Asamblea Nacional un proyecto de reglamentación, cosa que nunca hizo… luego, era al Poder Ejecutivo que le tocaba, con un plazo de tres meses, y finalmente, a la Asamblea Nacional, con el mismo plazo… pero, la Asamblea tiene decenas de leyes pasando por el mismo proceso de falta de reglamentación.

Vista la inactividad y pasividad de las autoridades, y siendo nosotros los máximos interesados, presentamos en noviembre del año 2014 un proyecto de reglamentación, redactado por abogados activistas de nuestra organización, Fundación A.Mar.Te., no con el afán de que lo aprobaran tal cual, no somos tan exitistas, sino para que lo usaran como puntapié inicial en la discusión y se reglamentara de una vez por todas.

Pero, lamentablemente debemos decir que aún no hemos tenido respuestas a nuestra iniciativa.

¿Qué otros problemas tiene la Ley hoy día?

Cuando se discutió la Ley, en el año 2010, se puso al MAGFOR como responsable principal de la ley, y esto no es posible hoy, porque hace un par de años se separó al MAGFOR, en MAG e IPSA, quedando entonces sin responsable la Ley, habría que volver a discutir la Ley en la Asamblea Nacional, para cambiar en su redacción al MAGFOR por el IPSA…

Sin embargo, el IPSA hoy tiene una oficina llamada de “Bienestar Animal”, por lo que sería el punto clave de un nuevo enfoque de la Ley, antes eso no existía en el viejo MAGFOR…

Por otra parte, la gente siempre reclama que la Ley no contempla a los gallos de riña o las corridas de toros, cabe aclarar que la ley es del año 2010, y dos años antes, en el 2008, Nicaragua aprobó el nuevo Código Penal, que en su artículo 391 habla de maltrato animal, autorizando expresamente las riñas de gallo y las corridas de toros, ambas exceptuándolas de este artículo. ¡Una ley, no puede contradecir al Código Penal, por lo tanto, esos dos temas no están en discusión.

¡Nuevos desafíos, nuevas oportunidades!

Por todo y todo, los cambios que se vienen de la nueva discusión de la ley y de la reglamentación, deberíamos aprovechar para actualizar algunas cosas, como, por ejemplo: ¡la prohibición de los circos con animales, tal como han hecho México, Honduras, El Salvador, Guatemala, Costa Rica y Panamá.

Este debe ser nuestro eje de lucha este año:

1. Rediscusión de la ley cambiando los responsables de la misma por parte de la Asamblea Nacional.

2. Discusión y aprobación de la Reglamentación de la Ley.

3. Prohibición de los circos con animales en Nicaragua.

¡Porque los animales nos importan! ¡Vamos adelante! ¡Venceremos!

erimbaud@gmail.com

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