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No hay registro de embarazos tras violación

Ninguna autoridad nicaragüense cuenta con un registro exacto de las mujeres que quedaron embarazadas tras una violación sexual, en un país donde las principales víctimas de este delito son niñas y adolescentes, y la legislación actual penaliza todo tipo de aborto.

La organización civil Católicas por el Derecho a Decidir (CDD), sección Nicaragua, alertó que alrededor de 40 por ciento de las mujeres que sufren una violación no tienen acceso a la justicia.

En su estudio «Indignación: datos sobre violencia sexual en Nicaragua 2011», CDD advirtió el contraste entre el número de casos registrado por el Instituto de Medicina Legal (IML) y los datos que maneja el Departamento de Asesoramiento y Control de la Comisaría de la Mujer y la Niñez, ambas dependencias encargadas de proteger a las víctimas de delitos sexuales.

Mientras el IML -institución que proporciona las pruebas científicas para lograr el esclarecimiento de los delitos- reportó que en 2011 realizó un total de 4 mil 409 peritajes a mujeres que fueron agredidas sexualmente, la Comisaría de la Mujer registró un total de 3 mil 47 casos que fueron atendidos ante el Ministerio Público, lo que indica que un total de mil 857 víctimas no pudieron acceder a la justicia.

Los registros del IML también revelan que más del 80 por ciento  de las mujeres son menores de edad: 49 por ciento de los peritajes se realizó en niñas de menos de 12 años, y 36.5 por ciento en adolescentes de 13 a 17 años.

CDD retomó los 289 casos denunciados por la prensa escrita, en los que se advierte que de los 13 embarazos por violación, 11 corresponden a niñas entre 11 y 17 años de edad.

Castigadas por la justicia

La Ley 287 del Código de la Niñez y la Adolescencia obliga al Estado y las instituciones públicas y privadas de Nicaragua a brindar atención y protección especial a las  niñas, niños y adolescentes cuando son abusados y explotados sexualmente.

A pesar de ello, ninguna de las instituciones correspondientes cuenta con un registro exacto de las mujeres que quedaron embarazadas por violación.

Hasta el año 2006 el Código Penal nicaragüense establecía que las mujeres o  niñas que quedaran embarazadas a consecuencia de actos de violencia sexual debían tener acceso a servicios de apoyo, incluidos el de aborto seguro y legal, y se garantizaba la interrupción del embarazo en caso de que peligrara la salud física o mental de la mujer (aborto terapéutico).

Sin embargo el 9 de julio de 2008, el Código Penal fue reformado, y ahora existe una prohibición total de cualquier tipo de aborto, incluido el terapéutico, con lo que se niega a las víctimas de violación la libertad de decidir por sí mismas cómo responder a un embarazo no deseado.

La ley ahora establece que si una mujer decide interrumpir el embarazo, cometerá una infracción al Código Penal y en consiguiente se arriesga a ser procesada.

En las elecciones de noviembre de 2006, Daniel Ortega, dirigente del Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN), regresó al poder.

La penalización del aborto se convirtió en su lema de campaña, mismo que fue apoyado por la jerarquía católica y algunos otros grupos cristianos. Al arribar a la Presidencia, Ortega llevó a la Asamblea Legislativa la iniciativa de ley que penaliza el aborto como un delito, la cual fue aprobada en 2007 y entró en vigor en 2008.

CDD recordó que «los derechos reproductivos de las mujeres son Derechos Humanos y como tal deben respetarse», por lo que reiteró su demanda de que se elimine la prohibición total del aborto en Nicaragua.

Diario Rotativo de Querétaro

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